Comisiones de Control de Planes y Fondos de Pensiones

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Seguro Comisiones de Control de Planes y Fondos de Pensiones

Los miembros de las Comisiones de Control de Planes y Fondos de Pensiones supervisan el funcionamiento, el cumplimiento de las cláusulas del plan (derechos de los partícipes y beneficiarios), la ejecución de los mismos y además desarrollan su cargo sin percibir remuneración pero asumiendo la responsabilidad que pueda derivar de su ejercicio.

Aparte de la supervisión del cumplimiento de las cláusulas del plan, entre sus funciones principales destacan la de seleccionar actuarios, proponer y acordar modificaciones sobre aportaciones, prestaciones y otras variables, nombrar representantes en la Comisión de Control del Fondo, representar los intereses colectivos de partícipes y beneficiarios y decidir sobre cuestiones que la Ley atribuye.

 

¿Qué reclamaciones se pueden dar?

  • Falta de supervisión y negligencia en la gestión
  • Incumplimiento de la ley y/o reglamento del plan
  • Decisiones erróneas en la política de inversiones o en cualquier otra función que la Ley atribuya a la Comisión de Control
  • Información incompleta o incorrecta al mercado, los partícipes, los organismos reguladores, etc.
  • Situaciones de conflicto de intereses

 

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Aspectos básicos de la póliza:

  • Personas físicas que hayan ostentado u ostenten la condición de miembro de la Comisión de Control asegurada
  • Representantes legales de miembros personas jurídicas
  • Herederos, legatarios y representantes legales de miembros fallecidos, incapacitados o concursados
  • Cónyuges de miembros de la Comisión de Control asegurada

El seguro cubre Reclamaciones formuladas contra el Asegurado por Actos de Gestión Negligentes cometidos durante el período de seguro o con anterioridad al mismo, salvo que la Reclamación resulte de:

  • Hechos o circunstancias anteriores al efecto de la póliza, y que el Tomador o el Asegurado supieran o debieran saber que podrían dar lugar a una Reclamación
  • Litigios anteriores al efecto de la póliza

Si la póliza no se renueva, el Tomador podrá contratar un período de descubrimiento de 12, 24 ó 36 meses, con prima adicional de 0%, 75% y 125%, respectivamente.

Cobertura Seguros Comisiones de Control de Planes y Fondos de Pensiones

  • Responsabilidad Civil de los miembros de la Comisión de Control por Actos de Gestión Negligentes en el ejercicio del cargo
  • Defensa y Fianzas
  • Gastos de Representación Legal en caso de investigación oficial
  • Gastos de Publicidad para contrarrestar los efectos de una Reclamación difundida a través de un medio de comunicación
  • Gastos de Gerencia de Riesgos: asesoramiento legal para impedir o mitigar los efectos de una Reclamación
  • Sanciones administrativas (multas) por Actos de Gestión Negligentes
  • Gastos de Emergencia
  • Gastos de Privación de Bienes
  • Abogados Internos
  • Gastos de Asistencia Psicológica

Con este seguro ofrecemos una protección completa, segura y adaptada al riesgo personal que los miembros se ven expuestos en el día a día.

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