Seguros de Responsabilidad Civil

Markel pone a tu disposición una amplia gama de coberturas

¿Por qué elegir Markel en RC?

  • Experiencia
  • Flexibilidad
  • Tranquilidad

Seguro de Responsabilidad Civil adaptado a tus necesidades

Los productos de Responsabilidad Civil de Markel, responden a las necesidades actuales del mercado, de nuestros mediadores y en conclusión de nuestros clientes finales.

Por eso, Markel pone a tu disposición una amplia gama de coberturas aplicables tanto para profesionales, pymes y grandes grupos empresariales.

En esta línea de seguros de Responsabilidad Civil se incluyen los tipos de seguro: Responsabilidad Civil Profesional, Responsabilidad Civil General, Responsabilidad Civil de Administradores y Altos Cargos y Responsabilidad Civil Médico-Sanitaria.

Markel da soluciones a cada perfil de cliente ajustándose a sus necesidades, ofreciendo las mejores coberturas y precios muy competitivos.

Ver más

El seguro de Responsabilidad Civil es una obligación legal que se refiere a la obligación de reparar o resarcir económicamente el daño causado que por acción u omisión que se cause a un tercero perjudicado, interviniendo culpa o negligencia. Este daño puede ser corporal, material o un perjuicio económico.

La Responsabilidad Civil u obligación de reparar un daño causado a otro, se origina siempre por la existencia de un hecho ilícito. En función de cual sea el ilícito que da origen a la obligación indemnizatoria se pueden establecer tres clases de responsabilidad civil:

  • Responsabilidad Civil Ex Delicto: se llama así a la responsabilidad penal que es imputable a la persona que realice un acto tipificado como ilícito penal y las penas correspondientes están fijadas en el Código Penal. A parte del cumplimiento del castigo impuesto por dicha ley, se obliga al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
  • Responsabilidad Civil Contractual: Es la derivada del incumplimiento por parte del causante de un contrato, pacto, acuerdo, o convenio y que representa para el perjudicado un daño patrimonial sufrido en el marco de una relación jurídica preexistente. Esta obligación legal la establece el Código Civil (artículo 1091, 1101 y 1104-1106).
  • Responsabilidad Civil Extracontractual: La obligación indemnizatoria nace de la mera producción del hecho dañoso, sin que haya mediado ningún tipo de pacto, contrato, convenio o relación de obligación previa al hecho. La base jurídica también la establece el Código Civil (artículo 1902-1910).

La persona que responde suele ser la causante del daño, y también es posible que se haga responsable a una persona distinta del autor del daño; esto correspondería a la responsabilidad por hechos ajenos, como por ejemplo cuando se les hace responder a los padres de los daños causados por sus hijos menores o al propietario del vehículo de los daños causados por el conductor con motivo de la circulación. Como solución para externalizar este tipo de riesgos disponemos de los seguros de responsabilidad civil.

El seguro de Responsabilidad civil es importante ya que está presente en todos los ámbitos personales y profesionales (responsabilidad individual, privada, familiar, profesional, como cazador, como conductor de un vehículo a motor, como profesional, etc), así como empresariales (responsabilidad derivada de una explotación de una empresa o industria, por daños a los empleados, por los causados por los productos fabricados o distribuidos, por contaminar, por administrar una sociedad, etc). Es la modalidad aseguradora con mayor función social.

Sin duda con Markel te sentirás protegido, bien asesorado y te daremos la mejor solución aseguradora que se adapte a tu situación.

Con Markel, espere más de su seguro.