Responsabilidad Contractual de acuerdo al Código Civil

Responsabilidad Contractual

Dentro del campo jurídico, existen diversos tipos de responsabilidades civiles que contemplan el resguardo y protección a terceros por parte de una empresa o institución encargada de prestar servicios. Una de las más comunes y requeridas por los empresarios es la de Responsabilidad Contractual incluida en el Código Civil.

Hablar de responsabilidad es referirse al hecho de asumir las consecuencias jurídicas que se puedan generar de un acontecimiento ilícito cometido por alguien o cuando, por ejemplo, un deudor incumple con su obligación frente a un acreedor.

La Responsabilidad Contractual contempla la vulneración de algo exigido mediante un contrato. Existen algunas nociones claves que forman parte de la Responsabilidad Contractual y que es fundamental tener presente para reconocer cuándo se trata de un caso de fraude y cuándo es un tema de culpa.

Hay fraude cuando se incumple un contrato teniendo plena conciencia de que se están incumpliendo los acuerdos contenidos en el mismo; mientras que la culpa se da al producirse un incidente de manera inconsciente y sin intención de incumplir las responsabilidades asumidas a través de un contrato.

Esto puede reflejarse en el Art. 1104 del Código Civil que entiende la existencia de culpa o negligencia del deudor en los casos en los que se dé la omisión de aquella diligencia que exija la naturaleza de la obligación y corresponda a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar.

Un ejemplo de esto podría ser cuando un trabajador se duerme durante su jornada laboral. Si bien cae en incumplimiento de su compromiso, no es una situación de carácter fraudulenta. Todo va a depender de la naturaleza de cada situación y de las consecuencias negativas que se generen.

Responsabilidad Contractual de acuerdo al Código Civil

Responsabilidad Extracontractual

Además de la Responsabilidad Contractual, otro tipo de responsabilidad civil que se encuentra reflejada dentro del Código Civil es la Responsabilidad Extracontractual, pero ¿sabes de qué se trata y qué contempla el seguro de responsabilidad civil extracontractual? A continuación, dejamos algunos datos para tener una mejor comprensión al respecto.

Según información reflejada en el sitio web Wolters Kluwer, la Responsabilidad Extracontractual surgió hace muchos años de la acción de reclamar el resarcimiento de un daño causado.

Es por eso que en la actualidad surge de una relación jurídica entre dos personas que no se encuentran previamente unidas por algún vínculo contractual, como consecuencia de actos u omisiones no penados por la ley; imputables a una de ellas a título de culpa o negligencia, que producen daños en los derechos personales o patrimoniales de la otra, y que se traducen en el deber de indemnizar los mismos.

Dicho en otras palabras, cuando se habla de Responsabilidad Extracontractual la misma se refiere a esas obligaciones específicas que nacen de la ley, que no tienen implicaciones penales, pero que sí constituyen un ilícito en el que interviene la culpa o la negligencia y que surgen fuera de un contrato previo estipulado.

De ahí la necesidad de contar con un seguro de responsabilidad civil extracontractual para poder hacer frente a este tipo de situaciones, ya que una de sus funciones principales es la protección del patrimonio personal o empresarial para cubrir daños materiales y personales a terceros.

responsabilidad extracontractual

¿Qué dice el Código Civil sobre esto?

Dentro del Código Civil existe una gran variedad de artículos que deben ser estudiados y conocidos a profundidad por las empresas a fin de saber a qué se exponen y cuáles son sus obligaciones jurídicas. De acuerdo con la información reflejada en el sitio web Iberley, el Art. 1089 del Código Civil determina que “las obligaciones nacen de la ley, de los contratos, y cuasi contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en los que intervenga cualquier género de culpa o negligencia”. De ahí la necesidad de diferenciar entre la responsabilidad contractual y la extracontractual, basándose en las diferencias resultantes de su origen.

Responsabilidad Civil Contractual

En el Art. 1091, se estipula que las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes. Igualmente, en el Art. 1101, se contempla que quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquellas.

Según Iberley, cuando la obligación no exprese la diligencia que ha de prestarse en su cumplimiento, se exigirá la que corresponda al caso específico. Sin embargo, nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, aún previstos, fueran inevitables, salvo que la ley o la obligación expresamente lo declare (Art. 1105, Código Civil).

En cuanto a la indemnización de daños y perjuicios, el Art. 1106 no solo considera el valor de la pérdida que hayan sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor.

obligaciones responsabilidad contractual y extracontractual

Responsabilidad Civil Extracontractual

Con respecto a la Responsabilidad Extracontractual, el Código Civil señala en su Art. 1902 que “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Esta normativa se viene presentando desde los tiempos del derecho romano cuando se le conocía como “culpa aquiliana”, hoy responsabilidad aquiliana, la cual según Wolters Kluwer, sometió a reglas uniformes los daños en las cosas por actos inmediatos del autor, y con posterioridad se extendió a los daños en las personas, sustituyendo la venganza por otro mecanismo alternativo como la imposición de una sanción.

En este sentido, es usual ver que cuando surge este tipo de culpa inmediatamente se genera una responsabilidad, como consecuencia de estar omitiendo un deber de diligencia que concierne a toda persona.

En el ámbito legal existen dos tipos de responsabilidades extracontractuales, las cuales responderán al tipo de normativa legal o desobediencia que se haya presentado y que termine ocasionando daños materiales o personales a otros:

  •   Delictual o penal (como un robo)
  •   Cuasi-delictual o no dolosa (como un accidente laboral imprevisto)

Es importante tener presente que toda póliza de responsabilidad civil incluirá el seguro de responsabilidad civil extracontractual, siempre y cuando no se acuerde lo contrario de manera específica.

La responsabilidad civil extracontractual es muy amplia y puede llegar a alcanzar un campo de actuación mucho mayor, a diferencia de la responsabilidad contractual que se limita a intervenir en las relaciones contractuales y obligaciones establecidas en una declaración de voluntad particular, ya sea un contrato u oferta unilateral, entre otros.

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